El PSOE de Córdoba valora que empleadas de hogar y trabajadores temporales perciban el subsidio excepcional por desempleo - El PSOE de Córdoba valora que empleadas de hogar y trabajadores temporales perciban el subsidio excepcional por desempleo

La senadora del PSOE por Córdoba María Ángeles Luna ha considerado fundamental que las empleadas que hogar y las personas que están contratadas de forma temporal perciban el subsidio excepcional por desempleo y ha afirmado que esto demuestra que “el Gobierno de España cumple con las personas más vulnerables y con más dificultades laborales en esta crisis, para no dejar a nadie atrás”.
Luna ha afirmado que esta medida favorecerá en la provincia de Córdoba a más de 3.500 empleadas de hogar, que podrán solicitar el subsidio extraordinario por falta de actividad a partir de hoy y que “además, se abrirá el plazo para el subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal regulado en el artículo 33 del Real Decreto ley 11/2020, de 31 de marzo”.
Luna ha valorado la agilidad en la regulación de estos procedimientos y “la sensibilidad el Gobierno con las personas más vulnerables en esta crisis, a las que dota de un nivel de protección sin precedentes con respecto a recesiones anteriores”.
El Boletín Oficial del Estado publicó ayer sendas resoluciones por las que se regulan el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social y el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio excepcional por desempleo regulado en el artículo 33 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Así, según ha explicado la senadora socialista, “las empleadas de hogar tendrán derecho a un subsidio equivalente al 70 por ciento de su base reguladora en el caso de que la pérdida de actividad sea total y si reducen su jornada percibirán la parte proporcional correspondiente”.
“El subsidio extraordinario por falta de actividad será compatible con las percepciones derivadas de las actividades por cuenta propia o por cuenta ajena que se estuvieran desarrollando en el momento de su devengo, incluyendo las que determinan el alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, siempre que la suma de los ingresos mensuales derivados del subsidio y el resto de actividades no sea superior al Salario Mínimo Interprofesional”, ha afirmado Luna.
Igualmente, la senadora del PSOE ha señalado que también se ha anunciado el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal, que será de un mes, ampliable si así se determina por Real Decreto-ley, y no podrá percibirse en más de una ocasión.
“La cuantía del subsidio será igual al 80 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente, con independencia de que el contrato de duración determinada previamente extinguido haya sido de jornada completa o a tiempo parcial”, ha subrayado la senadora.
Por último, María Ángeles Luna ha asegurado que “es muy importante que estas ayudas beneficien a las personas trabajadoras cuyo contrato temporal finalizó con posterioridad a la declaración del estado de alarma y que carezcan de cotizaciones suficientes para acceder a la protección por desempleo, evitando, de esta forma, que queden desprotegidas en esta crisis sanitaria”.